Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0647/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-12-27

Carátula: VEIGA JOSE DARIO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Descripción: FALTA TRASLADO DE INCOPETENCIA. DEJA SIN EFECTO LLAMADO A AUTOS

EXPTE. Nº 0647/2007

CARATULA: VEIGA JOSE DARIO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Viedma, diciembre de 2007.-

Atento el estado de los presentes autos, lo dispuesto por la Cámara de Apelaciones de Viedma a fs. 46 y advirtiéndose en este acto que no se ha corrido traslado a la parte actora de la excepción de incompetencia que fuera planteada a fs. 31/33, previo a resolver córrase traslado de la misma, debiéndose acompañar las respectivas copias (art. 120 C.Pr.). Notifíquese.-

En su mérito déjese sin efecto el llamado de autos para resolver ordenado a fs. 52.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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