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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0634/2002
Fecha: 2007-12-27
Carátula: BUSTOS PAOLA MARIEL Y OTRA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: SENT. B.L.S.G. CONCEDIDO
Viedma, diciembre de 2.007.-
Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: "BUSTOS PAOLA MARIEL Y OTRA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" Expte. n° 0634/2002; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 4/5 comparecen las sras. Paola Mariel Bustos y Aida Rosa Entraigas, por derecho propio, solicitando se les otorgue el beneficio de litigar sin gastos, atento que las mismas deben tramitar los autos caratulados: "Bustos Paola Mariel y Otra c/ Saissag Eleodoro Tomas s/ Ejecutivo" (Expte Nº 633/2002) y no poseen recursos económicos suficientes para costear los gastos que el juicio demanda. Ofrecen prueba, fundan en derecho y concretan su petitorio.-
Que de conformidad con lo dispuesto en el art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial corresponde otorgar el beneficio de litigar sin gastos a quien careciera de recursos suficientes para solventar los gastos que le demanda la defensa judicial de sus derechos.-
Que del informe del Registro de la Propiedad Inmueble obrante a fs. 28 surge que la sra. Bustos no posee bienes a su nombre y que la sra. Entraigas posee una parte indivisa de un inmueble, por lo que a fs. 38 se ha acompañado constancia de la que surge que tiene una novena parte de dicho inmueble y surgiendo la valuación fiscal del mismo.-
Que en las declaraciones obrantes a fs. 23/25 los testigos son contestes en afirmar que las peticionantes son personas de escasos recursos económicos.-
Que atento las pruebas rendidas y el objeto perseguido con la petición, corresponde hacer lugar a lo solicitado, a los fines de la tramitación de los autos caratulados: "Bustos Paola Mariel y Otra c/ Saissag Eleodoro Tomas s/ Ejecutivo" (Expte Nº 633/2002).-
Por lo expuesto y lo establecido en el art. 78 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial,
RESUELVO:
I.- Conceder el beneficio de litigar sin gastos, hasta que mejoren de fortuna a PAOLA MARIEL BUSTOS y AIDA ROSA ENTRAIGAS, para la tramitación de los autos caratulados: "Bustos Paola Mariel y Otra c/ Saissag Eleodoro Tomas s/ Ejecutivo" (Expte Nº 633/2002).-
II.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro