Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37024

N° Receptoría:

Fecha: 2007-12-27

Carátula: MARTEL Cecilia Lujan c/MONSALVES Juan Segundo S/ Ejecutivo

Descripción: Aprueba//Regulacion

//neral Roca, 27 de DICIEMBRE de 2007.-

Estando vencido el traslado conferido a fs. 105, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de fs. 103/104 por la suma de $-151,10 al 21.11.07.-

Atento el saldo aprobado (a favor del demandado), al cheque solicitado, no ha lugar.-

Regular los honorarios por acrecidos de la Dra. Graciela Amar en $ 65.- y los de la Dra. Judith Riquelme Catalán en $ 65.-. (MB: $2.684,41.-).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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