Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38160

N° Receptoría:

Fecha: 2007-12-27

Carátula: GRILLO Salvador c/JARA Roberto Ceferino S/ Homologación

Descripción: Regulación

//neral Roca, 27 de DICIEMBRE de 2007.=

Y VISTOS: para regular honorarios en estos autos caratulados "GRILLO SALVADOR C/JARA ROBERTO CEFERINO S/HOMOLOGACION" (Expte. 38.160-III-07).

Previo a lo peticionado, regulo los honorarios de la Dra. ANGELA SOSA en la suma de $ 250.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.

A lo demás, oportunamente y si correspondiere ocurra por ante el Juez de feria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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