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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38160
Fecha: 2007-12-27
Carátula: GRILLO Salvador c/JARA Roberto Ceferino S/ Homologación
Descripción: Regulación
//neral Roca, 27 de DICIEMBRE de 2007.=
Y VISTOS: para regular honorarios en estos autos caratulados "GRILLO SALVADOR C/JARA ROBERTO CEFERINO S/HOMOLOGACION" (Expte. 38.160-III-07).
Previo a lo peticionado, regulo los honorarios de la Dra. ANGELA SOSA en la suma de $ 250.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.
A lo demás, oportunamente y si correspondiere ocurra por ante el Juez de feria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro