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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0701/2007
Fecha: 2007-12-26
Carátula: ROCHE HECTOR RAUL S/ HABEAS DATA
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: Caja Forense
Domicilio: Belgrano 80 (const)
Ciudad: Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ROCHE HECTOR RAUL S/ HABEAS DATA", Expte. Nº 0701/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, diciembre 20 de 2.007.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la acción de habeas data interpuesta a fs. 11/13, ordenando rectificar la información referida al sr. Héctor Raúl Roche, de conformidad con lo dispuesto en el considerando 6º.-II. Imponer las costas al Banco Santander Río S.A. (art. 68 C.Pr.) y regular los honorarios profesionales del Dr. Juan Carlos Montecino en la suma de $ 750 (15 jus) y los de los Dres. Alejandro Ricardo Buckland y José Antonio Sanchez, en forma conjunta, en la suma de $ 500 (10 jus); (arts. 6, 8, 9 y conc. ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese .- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, diciembre de 2.007.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro