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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0875/01/6
Fecha: 2007-12-26
Carátula: GARRONE NORMA C/ BALVERDI NORMA BEATRIZ S/ PREPARA VIA EJECUTIVA - EJECUTIVO
Descripción: ordena oficio
EXPTE. N° 0875/01/6
CARATULA: GARRONE NORMA C/ BALVERDI NORMA BEATRIZ S/ PREPARA VIA EJECUTIVA - EJECUTIVO
Viedma, diciembre de 2007.-
Atento la naturaleza del embargo decretado a fs. 59, a lo peticionado no ha lugar.-
Sin perjuicio de ello líbrese oficio al Juzgado Civil n° 1 a efectos que informe con relación al embargo que fuera decretado sobre las sumas de dinero que la accionada tenga o tuviere a percibir en los autos caratulados: Balverdi Norma Beatriz c/ Moser Eduardo Jorge y Clínica Viedma S.A. s/ Daños y Perjuicios (Expte. nº 1757/01/1) que fuera comunicado por oficio n° 913/03 y en caso de existir sumas resultantes del embargo deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro