Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38241

N° Receptoría:

Fecha: 2007-12-26

Carátula: PEREZ Silvina Angelica S/ Amparo (Ipross)

Descripción: Inicio

General Roca, 21 de DICIEMBRE de 2007.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

En atención a los antecedentes detallados, documental acompañada, lo dispuesto por los arts. 43 de la Constitución Provincial y Nacional, arts.1, 2 inc. d), 3 inc. a) 2.4. de la ley 2753 y sus modificatorias (IPROSS), ley 2055 con las modificaciones introducidas por la ley 3980 (Régimen de promoción integral de las personas discapacitadas), arts. 1 y 2 de la ley 22431 (Sistema de Protección Integral de las personas discapacitadas), corresponde acceder a la tramitación de la petición por la vía excepcional de la acción de amparo.-

Conforme con la exigencia de la norma constitucional citada, en cuanto a la solicitud previa de informes sobre la problemática expuesta, que en la sumariedad del trámite garantiza el derecho de defensa de quien se vea involucrado se ordena:

Líbrar oficio a IPROSS , a fin de que informe en el término de 48 hs., 1) Si la Sra Silvina Angélica Perez es afiliada en esa institución y si mantiene esa condición, 2) Si al menor JULIAN ROCCA REYES cuya guarda judicial detenta la Sra Silvina Angélica Perez se le ha concedido cobertura en dicha institución, y si la misma se encuentra vigente.- 3) Si se ha realizado el trámite correspondiente poniendo en su conocimiento la enfermedad que padece, como asimismo el tratamiento que dicha enfermedad requiere 4) Si se cumple la prestación del servicio de salud en forma integral en base a los antecedentes que se le han presentado, en caso afirmativo modalidad empleada 5) en caso negativo, causas o motivos por los cuales no ha recibido la cobertura necesaria hasta la fecha.-

Librese oficio a la Dra. Carmen Fresser, para que en el término de 48 hs. informe 1) si el menor JULIAN ROCCA REYES es paciente suyo, o ha sido atendido profesionalmente, en caso afirmativo, 2) situación del mismo en cuanto a su salud, conforme a la consulta que se haya realizado, 3) problemática detectada, diagnóstico y medidas a implementar para su contención adecuada 4) si requiere tratamiento permanente y especializado, característica del mismo 6) de ser afirmativa la respuesta anterior, urgencia del tratamiento.- 5) Todo otro dato que resulte de interés para la causa.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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