Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 22521/07

N° Receptoría:

Fecha: 2007-12-21

Carátula: INCIDENTE DE MEDIDAS CAUTELARES EN AUTOS: DEFENSORA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ S/ MANDAMUS-AMPARO COLECTIVO LEY 2779

Descripción: Prov.vs.

Expte.N* 22521/07-STJ-

///MA, 21 de diciembre de 2007.-

Tratándose de una impugnación a lo resuelto por el Tribunal en pleno, mediante sentencia Nº 163/07, estése a lo decretado a fs.422 y en consecuencia declárase inadmisible el recurso de revocatoria intentado (art.-239 2º parr. CPCC). - - -

Notifíquese.-

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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Poder Judicial de Río Negro