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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 22041/07
Fecha: 2007-12-21
Carátula: DEFENSORA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ MANDAMUS-AMPARO COLECTIVO LEY 2779 ((I.Pro.S.S.))
Descripción: Prov.vs.
Expte.N* 22041/07-STJ-
///MA, 21 de diciembre de 2007.-
Tratándose de una impugnación a lo resuelto por el Tribunal en pleno, mediante sentencia Nº 163/07, estése a lo decretado a fs. 4 y en consecuencia declárase inadmisible el recurso de revocatoria intentado (art.-239 2º parr. CPCC). - - -
Notifíquese.-
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro