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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0431/2006
Fecha: 2007-12-21
Carátula: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ GOYENECHE PATRICIA DEL CARMEN Y OTRA S/ EJECUTIVO
Descripción: INIC.EJEC.LEY 22172 (INTIMACION Y CITACION)
EXPTE. Nº 0431/2006
CARATULA: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ GOYENECHE PATRICIA DEL CARMEN Y OTRA S/ EJECUTIVO
Viedma, diciembre de 2.007.-
Tiénese presente el domicilio denunciado.-
Líbrese mandamiento de intimación de pago en los términos de la ley 22172 contra PATRICIA DEL CARMEN GOYENECHE por la suma de $ 516 importe el crédito que se reclama en autos, con más la de $ 462 que se presuponen "prima facie" para responder a intereses, costos y costas del juicio. En caso de dar resultado negativo la intimación de pago, ella importará la citación al ejecutado para oponer excepciones legítimas dentro del plazo perentorio de quince (15) días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución (art. 542, último párrafo del Código Procesal Civil y Comercial), como asimismo el requerimiento para que dentro del mismo plazo constituya domicilio legal dentro del radio urbano de la ciudad de Viedma, bajo apercibimiento de que si no lo hiciera las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas en la forma y oportunidad fijadas por el art. 133 del C.P.C.C. Déjese a la ejecutada copia de la diligencia, del escrito de iniciación y del documento base de la ejecución (art. 542 del Código Procesal Civil y Comercial).-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro