Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34625

N° Receptoría:

Fecha: 2005-08-30

Carátula: SCAGLIOTTI Juan c/AGUAS RIONEGRINAS S.A. S/ Beneficio y ordinario

Descripción: clausura .-

//neral Roca, 30 de Agosto de 2005.-

Téngase presente la ratificación efectuada.-

Encontrandose vencido el traslado conferido a fs.199, decrétase la negligencia de la prueba ofrecida por la demandada INFORMATIVA: a la MUNICIPALIDAD DE ALLEN, DEPARTAMENTO DE AGUAS y PERICIAL INGENIERO CIVIL), la que no podrá ser producida en esta instancia.- Consecuentemente, clausúrase el término probatorio.-NOTI.

Al pedido de poner los presentes para alegar, oportunamente y estése a la firmeza del traslado conferido.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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