Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36840

N° Receptoría:

Fecha: 2005-08-30

Carátula: SACKS Javier Enrique C/GARCIA Alfredo S/ Sumario

Descripción: provid. y resolucion a protocolo

//neral Roca, 30 de AGOSTO de 2005.-

Proveyendo el escrito de fs. 937, agréguese.-

Deposítese en caja fuerte la documental devuelta

Proveyendo el escrito de fs. 954, agréguese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Nota: de haberse depositado documental devuelta de fs. 307/315, 317, 383, 323/354, 356/376, 378/386, 388, 391/403, 405/406. Conste.-

General Roca, 30 de agosto de 2005.-

VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " SACKS JAVIER ENRIQUE c/ GARCIA ALFREDO s/ SUMARIO " (Expte. Nº 36.840-III-05).-

A fs.857 el demandado impugna parte de los puntos de pericia propuestos por la actora, por ser improcedentes o superfluos, y aquéllos que hacen a la interpretación del contrato materia propia del juez, quien lo hará en base a la prueba documental aportada, no correspondiéndole al experto.-

Asimismo impugna los puntos del valor de mercado para cada rubro, valor de mercado por metro cuadrado, y tiempo lógico estimado para la realización de la obra.-

A fs.873 contesta el traslado la parte actora

y solicita se mantengan los puntos impugnados en razón que dentro de los planteos formulados por las partes, acción, reconvención y prueba anticipada, hay innumerables hechos a probar por lo que ningún punto resulta superfluo.-

Todo debe ser probado en razón de la negativa general del demandado a los hechos articulados en la demanda.-

Invoca que no se le puede limitar la prueba y que todos los puntos son procedentes.-

A fs.907 se dictan autos para resolver.-

La demanda se promueve por la suma de $ 12.758,94 en concepto de trabajos adicionales, y la entrega de una unidad funcional como forma de pago, o en su defecto el valor de la misma, en base a un contrato de locación de servicios de construcción, entre contratista y comitente.-

La reconvención es por daños y perjuicios fundada en la calidad de lo realizado y tiempo irregular del cumplimiento de la obra encomendada, cuyo monto se determinará con sujeción a la actividad probatoria.-

Es decir, que tanto acción como reconvención están ligadas a la prueba que se produzca y fundamentalmente a la prueba técnica que es la idónea en la materia.-

Ante la impugnación de los puntos propuestos en ésta, se advierte de fs.833/4 que en algunos se solicita al perito ingeniero que se expida respecto de las cláusulas contractuales, cuya interpretación y análisis corresponde al Tribunal en conjunción con los demás medios de prueba aportados.-

En función de lo expuesto las modificaciones a introducir se dirigen fundamentalmente a ese aspecto quedando formulados de la siguiente manera:-

1 a) fs.833 vta.- Si se ha construido caja de apoyo de tanques, tiempo que puede insumir dicha tarea y dificultades que pueden presentarse.-

2.a)- Si se ha colocado ventilaciones, tanto para artefactos de gas natural en planta alta y artefactos en planta baja, si se ha realizado revestimiento de esas ventilaciones, si figuran en el plano de obra estime tiempo de trabajo, costo de mano de obra y materiales de construcción empleados.-

4/5.- a) Si se ha colocado descarga de cloacas para lavaderos, piletas para lavar y su alimentacion de agua fria y caliente, pendientes en piso de los locales que cumplen función de lavadero y si figuran en el plano.

b) Sugiera el perito si es posible dar pendientes a pisos en los cuales no se contemplan pendientes por ser pisos interiores y cuyo destino no es evacuar liquidos, teniendo construido el contrapiso y carpeta y estando los marcos de las aberturas colocados.-

c) Estime costos de mano de obra y materiales de construcción para realizar los trabajos de instalación de agua caliente y fria y desagotes a cloacas.-

d) Estime tiempo de trabajo para el inciso inmediato anterior.-

6.-a) Si hay revoques diferentes en zonas de escaleras realizados con anterioridad a la construccion de los departamentos.- Estime costo de trabajos de revoques en el sector acceso escalera planta alta y tiempo de trabajo.-

Respecto de las objeciones de los puntos 3.- Otros puntos de pericia... j),k),l) p),r),t).-

En este aspecto cabe indicar que el objeto litigioso resulta complejo y requiere de amplitud de elementos probatorios ante el desacuerdo que exhiben las partes.- Esa característica hace que los puntos que se refieran a precios de mercados como al tiempo adecuado de ejecución, no resultan superfluos ni improcedentes, puesto que podrían formar parte necesaria de alguna reflexión o pauta valorativa, que incida en la decisión, por lo tanto no cabe su exclusión en general.-

En base a que algunos deben sustentarse en otros medios probatorios se eliminan los puntos p) y t), con esos alcances se hace lugar a la impugnación deducida, limitándose el perito que se designe a contestar los puntos requeridos, sin interpretar las pautas contractuales que surgen del convenio celebrado entre las partes.-

Por los fundamentos expuestos, y lo dispuesto por el art. 459, 460 y cc. del C.P.C.-

RESUELVO: Hacer lugar parcialmente a la impugnación deducida por el demandado y en su consecuencia fijar los puntos de pericia con las modificaciones que surgen de los considerandos, sobre los que ha de expedirse el perito.-

PERICIAL EN INGENIERIA CIVIL: Desígnase al Sr. perito que actua ya en la medida de prueba anticipada autos: " García Alfredo c/ Sacks Javier" (Expte No 36823 -III- 05), quien deberá aceptar el cargo en estas actuaciones ante el Actuaria dentro del tercer dia de notificado y expedirse en el término de DIEZ días, bajo apercibimiento de remoción.- Not.-

Las costas por la incidencia se imponen en el 90% al actor y 10 %, al demandado, difiriéndose la regulación de honorarios hasta tanto se determine el monto del proceso.-

Notifíquese y regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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