Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33308IV

N° Receptoría:

Fecha: 2005-08-30

Carátula: CREDIL S.R.L. c/PALMARES María Rosa S/ Ejecutivo

Descripción: se amplia embargo.-

//neral Roca, 30 de Agosto de 2005.-

Agréguese y líbrese nuevo oficio a la empleadora a fin de que continue con el embargo de sueldos de la demandada en el porcetaje de ley hasta cubrir las sumas de $ 2.736,82 en concepto de capital con más la suma de $ 1100 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos en el Banco Patagonia Sudameris SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifiquese a la accionada el embargo precedentemente ordenado.-

Se deja constancia que la suma de embargo ordenado surge de restar al monto de la planilla aprobada a fs.82 ($ 3.036,82) el retiro de fondos de $ 300 ordenado en la mencionada foja.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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