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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0248/92/5
Fecha: 2007-12-18
Carátula: DOMINGUEZ MONICA LIA S/ SUCESION
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señora: Elsa Dora Crespo
Domicilio: Alvaro Barros 741 (real)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "DOMINGUEZ MONICA LIA S/ SUCESION ", Expte. Nº 0248/92/5, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, diciembre 17 de 2.007.- Atento lo manifestado por el Dr. Merlotti y la sra. Crespo en la audiencia que antecede, toda vez que el presente juicio es autónomo del que fuera caratulado "DOMINGUEZ DONALD s/ SUCESION", expte: 0294/84/5 y que, sin perjuicio de ello, los bienes cuya tasación obra a fs. 169 del citado juicio no se corresponden con el que fuera denunciado a fs. 30 de los presentes actuados y no constando, además, en esta causa otros bienes denunciados, intímese al profesional actuante y a la obligada al pago a que en el plazo de 48 horas aclaren lo manifestado en la mencionada audiencia, debiendo expresar concretamente los bienes que transmitió la causante y en cuánto estiman el valor de los mismos. Notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de diciembre de 2007.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro