Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00173-018-05

N° Receptoría:

Fecha: 2007-12-18

Carátula: ANTOLIN RICARDO GABRIEL Y OTROS / PROVINCIA RIO NEGRO S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:00173-018-05

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

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SAN CARLOS DE BARILOCHE, 17 DE DICIEMBRE DE 2007.- VISTOS: Los autos caratulados: “ANTOLIN Ricardo Gabiel y Otros c/ PROVINCIA RIO NEGRO s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”, expte. nro. 00173-018-05 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

Y CONSIDERANDO:

Que las circunstancias particulares del caso, sugieren la pertinencia de convocar a las partes a una audiencia a los fines de intentar una conciliación o, en su caso, requerir las explicaciones que se estimen necesarias al objeto del pleito (art. 36, inc. 2°, ap. a) del CPCC).

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) convocar a las partes -actores, Provincia de Río Negro (Fiscalía de Estado) y Colegio de Agrimensores de Río Negro- a una audiencia, a los fines mencionados en los considerandos, a la que deberán concurrir personalmente con patrocinio letrado, para el día 14 del mes de Febrero de 2008, a la hora 9,30. Notifíquese personalmente o por cédula.

2do.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-

c.t.

Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J. Camperi

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Ante Mí: Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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Poder Judicial de Río Negro