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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00173-018-05
Fecha: 2007-12-18
Carátula: ANTOLIN RICARDO GABRIEL Y OTROS / PROVINCIA RIO NEGRO S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:00173-018-05
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 17 DE DICIEMBRE DE 2007.- VISTOS: Los autos caratulados: “ANTOLIN Ricardo Gabiel y Otros c/ PROVINCIA RIO NEGRO s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”, expte. nro. 00173-018-05 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
Y CONSIDERANDO:
Que las circunstancias particulares del caso, sugieren la pertinencia de convocar a las partes a una audiencia a los fines de intentar una conciliación o, en su caso, requerir las explicaciones que se estimen necesarias al objeto del pleito (art. 36, inc. 2°, ap. a) del CPCC).
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
1ro.) convocar a las partes -actores, Provincia de Río Negro (Fiscalía de Estado) y Colegio de Agrimensores de Río Negro- a una audiencia, a los fines mencionados en los considerandos, a la que deberán concurrir personalmente con patrocinio letrado, para el día 14 del mes de Febrero de 2008, a la hora 9,30. Notifíquese personalmente o por cédula.
2do.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido.-
c.t.
Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J. Camperi
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Ante Mí: Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro