include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35749
Fecha: 2007-12-18
Carátula: Coop. FARO Ltda. C/PISTAGNESI Jorge N. S/ Ordinario
Descripción: regulación x acrecidos.-
neral Roca, 18 de Diciembre de 2007.-
Agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Atento el estado de autos y lo proveido a fs. 230, previo al liberación de fondos requerida, regulo los honorarios profesionales por acrecidos de la Dra. LIDIA PATRICIA ESPECHE en la suma de $ 600 .- MB:$ 11.036,38 extracciones realizadas en autos.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultadao obtenido a través de aquélla (arts,6, 6 bis, 7 y 8 Ley 2212 RN).-
Notifíquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro