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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37866
Fecha: 2007-12-18
Carátula: ARIAS Roberto c/ALMENDRA Graciela A. y Otro S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: Sent. 508-Regulacion
//neral Roca, 18 de DICIEMBRE de 2007.=
AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "ARIAS ROBERTO C/ALMENDRA GRACIELA ALEJANDRA y OTRO S/EJECUCION DE HONORARIOS" (Expte. N* 37.866-III-07).-
CONSIDERANDO: a) Que el título es ejecutivo art. 508 del CPC y C,
b) Que el demandado no opuso excepción en término,
Por ello,
RESUELVO: Llevar la ejecución adelante contra GRACIELA ALEJANDRA ALMENDRA y JORGE ANTONIO KAISER--------------------- por la suma de $ 294.- con más sus intereses y costas.-
Regulo los honorarios del Dr. Héctor Trápaga en $ 70.- y Dr. Roberto Arias en la suma de $ 70.- (MB: $ 294.- fs.25).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro