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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0712/2002
Fecha: 2007-12-17
Carátula: MAGAGNA JUAN CARLOS Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: ADECUA REGULACION
EXPTE. Nº 0712/2002
CARATULA: MAGAGNA JUAN CARLOS Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Viedma, diciembre de 2007.-
Atento el estado de autos y teniendo en cuenta lo dispuesto por la Cámara de Apelaciones de Viedma a fs. 340/344 que se encuentra firme, estableciendo que para la regulación de honorarios se debe tomar como monto base el importe que surja de la liquidación que la sentencia de Primera Instancia manda a practicar, la cual ha sido aprobada a fs. 357 por el monto de $ 4.020,50, corresponde tomar el mismo como monto base para las regulaciones de los honorarios profesionales.-
En su mérito, corresponde adecuar las regulaciones efectuadas a fs. 307/314, para los Dres. María Gabriela Tamarit y Nicolás Rochas, en conjunto, en la suma de $ 845 (coef. 15 % + 40 %), los del Dr. Carlos Marcelo Valverde en la suma de $ 451 (coef. 8 % + 40 %), los del perito contador sr. Gabriel Mario Martínez en la suma de $ 201 (5 %) con más la de $ 10 (5 %) correspondiente al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y los de perito tasador sr. Felipe Jesús Rico Roca en la suma de $ 61 (1,5 %) (M.B.: $ 4.020,50). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-
Proveyendo a fs. 359:
Por constituido nuevo domicilio. Notifíquese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro