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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 20257III
Fecha: 2007-12-17
Carátula: BANCO NACION ARG. c/GRANDE Laura Margarita y Otro S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena levant.inhibición.
//neral Roca, 17 de DICIEMBRE de 2007.-
Al punto I, agréguese.-
Al punto II y III: Atento la falta de oposición de la actora BANCO NACION ARGENTINA y habiéndose decretado la inhibición general de la heredera pretendiendo preservar los bienes de la sucesión, no corresponde mantenerla atento la naturaleza de la misma que tiende afectar al inhibido en forma personal. En función de ello, excediendo esta medida las facultades con que cuenta el acreedor, deberán levantarse las medidas cautelares de inhibicion general de bienes respecto de la SRA. NOREMI ELISA ALENCI D.N.I. 5.469.014 con domicilio real en calle San Juan No 330 de la ciudad de Neuquén.- como heredera de JUAN ALENCI.- A esos efectos líbrese los oficios a los Registros correspondientes.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro