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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0557/2004
Fecha: 2007-12-14
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LITTAU VICTORIA S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA SECRETARIA CAJA FORENSE
C E D U L A
Señor: CAJA FORENSE
Domicilio: BELGRANO Nº 80 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LITTAU VICTORIA S/ ORDINARIO ", Expte. Nº 0557/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, diciembre 11 de 2.007.- ... RESUELVO: I.- Rechazar la demanda interpuesta a fs. 18/21 por la Provincia de Río Negro contra la sra. Victoria Littau.- II.- Imponer las costas a la parte actora (art. 68 ap. 1° C.Pr.) y regular los honorarios profesionales del Dr. Guillermo Adrián Suarez en la suma de $ 986 (coef. 11 %) (conf. 2, 6, 7, 19, y cc. Ley 2.212) y los de la perito contadora sra. Lucía Lo Sardo en la suma de $ 448 (coef. 5 %) con más la suma de $ 22 correspondiente al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. (MB: $ 8.964) Notifíquese y cúmplase con la ley 869.- III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de diciembre de 2007.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro