Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14519-248-07

N° Receptoría:

Fecha: 2007-12-14

Carátula: MUN BARILOCHE / TAN-CO SA S/ EXPROPIACION

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:14519-248-07

Tomo: 6

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

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SAN CARLOS DE BARILOCHE, 13 DE DICIEMBRE DE 2007

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “M.S.C.B. C/TAN-CO S.A. S/EXPROPIACION”, expte. nro. 14519-248-07 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Horacio Carlos Osorio y Ariel Asuad, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO: 1. Que corresponde resolver la excusación formulada a fs. 433 por el sr. vocal de Cámara, dr. Luis María Escardó, aduciendo dicho magistrado haber sido apoderado de la accionada e intervenido en causas conexas.

- - - 2. Encuadrándose la circunstancia invocada por el sr. Juez en la causal prevista por el inc. 7º del art. 17 del rito, corresponde hacer lugar a la excusación formulada.

- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE: I) HACER LUGAR a la excusación formulada por el dr. Luis María Escardó, teniéndolo por apartado del presente juicio.

- - -II) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro, y oportuno nuevo cómputo de plazos para fallar.

EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO ARIEL ASUAD

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

ANTE MI:

ANGELA ALBA POSSE

Secretaria de Cámara

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