Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35680

N° Receptoría:

Fecha: 2007-12-14

Carátula: STELZER Carlos y otra c/BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ Ordinario

Descripción: resolucion a protocolo

General Roca, 14 de diciembre de 2007.-

VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " STELZER CARLOS y OTRA c/ BANCO HIPOTECARIO S.A. s/ ORDINARIO" (Expte. Nº 35.680-III-03).-

A fs.347 la perito contadora efectua el recálculo de la deuda ordenado en la sentencia y concluye con un saldo a favor del actor de $ 2.884,62.-

A fs.351/60 la parte demandada impugna el resultado que arroja aquél, cuestiona las pautas utilizadas y manifiesta que la experta parte de un capital inicial respecto del cual no explica como arriba al mismo, sobre esa base aplica el sistema de amortización francés, con las tasas que utilizó el banco. Por otra parte, iniciado el importe al mes de enero de 1990, no se efectua la respectiva actualización a abril de 1991. Esto se produce durante 16 períodos mensuales, evidenciando una tendencia en favorecer al actor.

A fs.364 la perito contesta el traslado y mantiene los cálculos efectuados, salvo por un error que reconoce y que la lleva a aclarar que el saldo a favor del actor es de $ 2.854,62.-

A fs.367 la parte demandada mantiene los argumentos y cálculos base de la impugnación.-

A fs.370 se dictan autos para resolver.-

En el análisis se observa que la diferencia que mantienen la perito con la parte demandada es esencialmente técnica, por lo que ante el conflicto suscitado se impone que un experto con conocimientos específicos practique la liquidación ordenada, ateniéndose a los términos de la sentencia, con la modificación introducida por la Cámara de Apelaciones a fs.338 .-

Con su resultado se hará la evaluación respectiva, debiendo señalarse audiencia para el sorteo de perito contador a estos efectos. Por lo expuesto,

RESUELVO: Ordenar que se practique liquidación conforme a las pautas fijadas a fs.309 vta./10 y la modificación introducida por la Cámara de Apelaciones a fs.338, en cuanto a que ha de deducirse también en el resultado final las quitas realizadas por la entidad bancaria.-

A esos efectos, para el sorteo de perito contador fíjase la audiencia del día 7 de febrero de 2008 a las 10 horas.-

Notifíquese a las partes y al Consejo de Ciencias Económicas. Regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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