Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00271-030-07

N° Receptoría:

Fecha: 2007-12-13

Carátula: CORREA MARIA C. / MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ MEDIDA CAUTELAR

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:00271-030-07

Tomo: 5

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 13 DE DICIEMBRE DE 2007

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “CORREA MARIA C. C/MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/MEDIDA CAUTELAR”, expte. nro. 00271-030-07 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO: A fin de contar con más elementos de juicio, que permitan resolver con mejor convicción la medida cautelar peticionada,

- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE: I) DISPONER -como medida para mejor proveer- que la peticionante ofrezca y produzca una información sumaria, tendiente a acreditar la antigüedad de su residencia en la localidad.

- - -II) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro y protocolización.

LUIS MARIA ESCARDO EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

ANTE MI:

ANGELA ALBA POSSE

Secretaria de Cámara

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro