Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0692/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-12-12

Carátula: LOPEZ RIAL MARTHA INES C/ REYES TERESA S/ DESALOJO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

C E D U L A

Señor: TERESA REYES y DRA. CECILIA CABELLO

Domicilio: Colón nº 385 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "LOPEZ RIAL MARTHA INES C/ REYES TERESA S/ DESALOJO ", Expte. Nº 0692/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, diciembre 7 de 2.007.- ... A los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 26 de febrero de 2.008 a las 10:00 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, con asistencia letrada, y a la que deberán presentarse a prestar declaración testimonial los Sres. Marta Olga Calvo; Carlos Roberto Silva; Isidoro Linares; Ovidio Casadei y Gabriela Nicola, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 04 de marzo de 2008 a las 12:30 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.- Notifíquese a las partes por Secretaría la presente providencia, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de diciembre de 2007.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro