include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0359/2007
Fecha: 2007-12-12
Carátula: CONDE LUIS ARNALDO C/ FREDES LUIS MARIA S/ ORDINARIO
Descripción: PROVEE PRUEBA - FIJA AUDIENCIA ART. 368 DEL C.PR.
EXPTE. Nº 0359/2007
AUTOS: CONDE LUIS ARNALDO C/ FREDES LUIS MARIA S/ ORDINARIO
Viedma, diciembre de 2.007.-
Atento al estado de autos, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 34, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA (Conde)
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INFORMATIVA: Al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Delegación Carmen de Patagones a efectos que informe si se trabaron embargos sobre los dominios C.M.G. 91 y BUS 966 en su caso indique fecha de la traba, monto de los mismos, Juez u organismo que dispuso la medida y actuaciones en que fue dictada como asi también fecha de levantamiento de los embargos.-
Con relación a la documental en poder de terceros toda vez que la misma ha sido ofrecida para el caso de desconocimiento y teniendo en cuenta que la que fuera acompañada ha sido devuelta por tratarse de copias simples, no habiendo en consecuencia reconocimiento ni desconocimiento de la misma, a dicha prueba no ha lugar.-
PRUEBA DEMANDADA (Fredes):
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INFORMATIVA: 1) Al Juzgado Federal n° 1 de Bahía Blanca a efectos que remita "ad effectum videndi et probandi" los autos caratulados: Fisco Nacional (A.N.A.) c/ Conde Luis Arnaldo s/ Ejecución Fiscal, Expte. n° 51.271 BIS. 2) A la Administración General de Aduanas, Delegación Iguazú, Pcia. de Misiones a efectos que remita "ad effectum videndi et probandi" el sumario n° SA29-95-014, caratulado: "Luis A. Conde s/ Infracción artículo 962 del C.A." y las actas IGRJI 299/94, EA29945271 SA LOTE 1444 y resolución de fecha 15/02/1995 EA29-94-5271. Ofíciese en los términos de la ley 22.172 en su caso.-
A los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 6 de mayo de 2.008 a las 9.30 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, con asistencia letrada, y a prestar declaración testimonial los sres. Bernando Daniel Erdosio, Mariano Garro, Jorge Alberto León, Julio Abbate, Jacinto Omar Sandoval, Isidoro Linares, Walter Eduardo Correa, Oscar Geofroy y Bahamonde Walter, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 13 de mayo de 2008 a las 12:30 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-
Alejandro J.E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro