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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34544III
Fecha: 2007-12-12
Carátula: BARALDI Edgardo y O. en: Municipalidad Gral. Roca. c/VERDUGO V.A. s/Ejec. S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: Provid.//Nota EMBARGO
NOTA DE EMBARGO
Nota: de trabarse embargo provisorio sobre los montos que tenga a percibir la Dra. MARIA DEL CARMEN VICENTE por la suma de $24.560.- en concepto de capital con más la de $7.360.- para costas, según lo ordenado en autos "WALDHORN FELISA c/SAN VICENTE MARIA s/EJECUTIVO" (Exp. Nro. 30.568-J5-05) de trámite ante el Juzgado Civil 5. Se deja constancia que se traba el embargo en forma provisoria atento que el embargo fue ordenado sobre los montos que tenga a percibir la Dra. MARIA DEL CARMEN SAN VICENTE. Conste.-
Secretaría, de DICIEMBRE de 2007.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, de DICIEMBRE de 2007.-
Por recibido, advirtiéndose que la profesional que interviene en los autos "BARALDI EDGARDO Y OTRA EN: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA c/VERDUGO VEGA ARIEL s/Ejecutivo s/Ejecución Honorarios" (Expte. Nro. 34.544-III-02) es María del Carmen VICENTE y no Maria del Carmen SAN VICENTE, ratifíquese el embargo ordenado o rectifíquese.-
Sin perjuicio de ello y existiendo fondos en autos, se toma nota del embargo en forma provisoria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
//neral Roca, de DICIEMBRE de 2007.-
Téngase presente y hágase saber el dictamen de Caja Forense.-
Al pedido de cheque de fs. 82, estése a la aclaración que se solicita al Juzgado Civil 5 sobre el embargo ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro