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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34116IV
Fecha: 2007-12-11
Carátula: CREDIL S.R.L. c/GOMEZ Hector Leonel S/ Ejecutivo
Descripción: a Caja Forense/se ordena oficio
Sr. JUEZ:
Habiéndonos comunicado telefónicamente con el Banco Patagonia S.A., sucursal local, se informó que en la cuenta de estos autos existe un saldo de $ 601,08.-
Secretaría, 11 de diciembre de 2007.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 11 de diciembre de 2007.-
Proveyendo a fs. 221: Atento la certificación que antecede y existiendo saldo en autos a fin de abonar si correspondiere aportes a Caja Forense, decrétase el levantimiento del embargo trabado en autos sobre los haberes que percibe el demandado, a cuyo fin líbrese oficio a la Policía de Río Negro.-
Al cheque solicitado, estése a la vista conferida.-
Proveyendo a fs. 224: Del aporte acompañado vista a Caja Forense.-
Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que transfieran de la cuenta de autos a la de Caja forense la suma de $ 3,75 en concepto de 5% correspondiente a los honorarios regulados a la Dra. Saitta (fs. 131 vta.).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro