Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34116IV

N° Receptoría:

Fecha: 2007-12-11

Carátula: CREDIL S.R.L. c/GOMEZ Hector Leonel S/ Ejecutivo

Descripción: a Caja Forense/se ordena oficio

Sr. JUEZ:

Habiéndonos comunicado telefónicamente con el Banco Patagonia S.A., sucursal local, se informó que en la cuenta de estos autos existe un saldo de $ 601,08.-

Secretaría, 11 de diciembre de 2007.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 11 de diciembre de 2007.-

Proveyendo a fs. 221: Atento la certificación que antecede y existiendo saldo en autos a fin de abonar si correspondiere aportes a Caja Forense, decrétase el levantimiento del embargo trabado en autos sobre los haberes que percibe el demandado, a cuyo fin líbrese oficio a la Policía de Río Negro.-

Al cheque solicitado, estése a la vista conferida.-

Proveyendo a fs. 224: Del aporte acompañado vista a Caja Forense.-

Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que transfieran de la cuenta de autos a la de Caja forense la suma de $ 3,75 en concepto de 5% correspondiente a los honorarios regulados a la Dra. Saitta (fs. 131 vta.).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro