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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0261/2006
Fecha: 2007-12-05
Carátula: SCHIAVI LUZ FELISA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: Luz Felisa Schiavi - Dras. Ethel Burgos y Paola Bernardini
Domicilio: Garrone 130 (const.)
Ciudad: Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SCHIAVI LUZ FELISA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO", Expte. Nº 0261/2006, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, diciembre 03 de 2.007.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: ---.I. Rechazar la excepción de prescripción opuesta por la demandada a fs. 223, con costas (art. 68 del C.Pr.) y regular los honorarios de las Dras. Ethel Burgos y Paola Bernardini, en conjunto, en la suma de $ 250 (5 jus) y los del Dr. Carlos Marcelo Valverde en la suma de $ 150 (3 jus). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.- ---.II.- Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 88/97 por la sra. Luz Felisa Schiavi contra el Banco Hipotecario S.A disponiendo la revisión del contrato de mutuo con garantía hipotecaria que suscribiera la parte actora con el Banco Hipotecario Nacional y en consecuencia: 1°) anular la segunda parte de la cláusula I) de la escritura n° 100 del 10/05/1995 conforme los términos dispuestos en el considerando 5°; y, 2°) condenar al Banco Hipotecario S.A. a pagar a la sra. Luz Felisa Schiavi, en el plazo de 10 días, la suma de $ 11.435 en concepto de capital e intereses calculados al 30/09/07, y de allí en más los intereses posteriores a la tasa mix hasta su efectivo pago.- ---.III. Imponer las costas a la parte demandada y regular los honorarios profesionales de las Dras. Ethel Burgos y Paola Bernardini, en conjunto, en la suma de $ 2.601 (coef. 15 % + 40 %), los del Dr. Carlos Marcelo Valverde en la suma de $ 1.387 (coef. 8 % + 40 %), los del perito contador sr. Víctor Hugo Ochoa en la suma de $ 619 (5 %) con más la de $ 31 (5 %) correspondiente al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y los de la consultora técnica sra. Lucía Lo Sardo en la suma de $ 372 (coef. 3 %), con más la de $ 19 (5 %) correspondiente al Consejo (MB: $ 12.386,31). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- ---.IV. Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, diciembre de 2.007.-
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Poder Judicial de Río Negro