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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 22651/07
Fecha: 2007-12-04
Carátula: FERNANDEZ EDUARDO ARIEL S/ AMPARO
Descripción: Prov.vs.
Expte.N* 22651/07-STJ-
///MA, 4 de diciembre de 2007.-
----Por recibido.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
-----A la petición de traslado de unidad: No surgiendo de la presentación de fs.1 el encuadramiento en las causales excepcionales que habilitan la vía del amparo, recházase “in limine” la pretensión (cf. "Cabezas" Se. del 20 de marzo de 2007 entre otros). En este sentido cabe sujetarse al principio de no intervención, mediante la excepcional figura aquí intentada, de las decisiones judiciales que tienen un cause hábil para dar tratamiento a las cuestiones propuestas (Se. N° 68/98 y Se. N° 56/05 S.T.J.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Sin perjuicio de ello, siendo una cuestión inherente al Tribunal de Ejecución de Sentencia -Cámara Segunda en lo Criminal de S.C.de Bariloche-, remítase copia de la presentación a dichos organismos a sus efectos.-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Notifíquese y ofíciese a sus efectos.- - - - - - - - - - - -
-----Oportunamente: archívese.- - - - - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro