Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0756/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-12-04

Carátula: BANCO SANTANDER RIO S.A. C/ FURFARO JORGE OMAR S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO

EXPTE. Nº: 0756/2007.-

CARATULA: "BANCO SANTANDER RIO S.A. C/ FURFARO JORGE OMAR S/ EJECUTIVO".-

Viedma, diciembre de 2.007.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, JORGE OMAR FURFARO como empleado del Tribunal del Cuentas de la Municipalidad de Viedma hasta cubrir la suma de $ 31.871 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 5.714 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a los Dres. JOSE ANTONIO SANCHEZ y/o ALEJANDRO RICARDO BUCKLAND a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 3.300 por honorarios y la de $ 28.571 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, teniéndose previamente que cumplir la ley 869.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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