Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36501

N° Receptoría:

Fecha: 2005-08-29

Carátula: DINIELLO Mara Paula C/RANDAZZO ANAHI y otros S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: sent. 508

//neral Roca, 29 de AGOSTO de 2005._

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "DINIELLO MARA PAULA C/RANDAZZO ANAHI, CHIORAIA EDUARDO y OTRO S/EJECUCION de HONORARIOS" (Expte. N* 36.501-III-04).-

CONSIDERANDO: a) Que el título es ejecutivo art. 508 del CPC y C,

b) Que el demandado no opuso excepción en término,

Por ello,

RESUELVO: Llevar la ejecución adelante contra ANAHI RANDAZZO----------------------------- por la suma de $ 100.- con más sus intereses y costas.-

Al punto I, previamente manifieste si desiste de la acción respecto a los restantes demandados.

Líbrese cheque a la orden de CLAUDIA I. SESTAN por la suma de $ 100.- en concepto de honorarios perito MARA P. DINIELLO.

Concédese el préstamo peticionado, por el término de 72 horas.

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En......se libro cheque N°........y en.........retiro cheque CLAUDIA I. SESTAN. Conste.

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Poder Judicial de Río Negro