Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14095-126-06

N° Receptoría:

Fecha: 2007-12-03

Carátula: H. CHIAUDANO SRL / LOS HUEMULES SRL S/ COBRO DE PESOS

Descripción: medida:oficio requir, expte.

Expediente Nro.14095-126-06

Señores Jueces:

Para mejor proveer y s in perjuicio de lo que corresponda decidir sobre la revocatoria de fs. 815/816, respecto el auto de fs. 811, solicito se requiera de la instanxcia de origen el incidente mencionando a fs. 809; debiendo la recurrente hacerse cargo del libramiento del oficio e impulso de la causa.

VOCALIA, 28 de noviembre de 2007.-

LUIS MARIA ESCARDO

Juez

San Carlos de Bariloche, 3 de diciembre de 2007.-

Visto lo manifestado por el sr. Juez de primer voto, líbrese oficio a la instancia de origen requiriendo el incidente referido a fs . 809. Oficio, confección, diligenciamiento e impulso de autos, a cargo de la recurrente de fs. 815/6. Notifíquese.-

HORACIO CARLOS OSORIO EDGARDO JORGE CAMPERI

Juez Juez

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