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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0074/2007
Fecha: 2007-11-30
Carátula: NARVAEZ JORGE ALBERTO C/ CIFUENTES SILVIO ANDRES Y OTRO S/ SUMARISIMO
Descripción: CUESTION DE PURO DERECHO - ART. 359 C.Pr.
EXPTE. Nº 0074/2007
CARATULA: NARVAEZ JORGE ALBERTO C/ CIFUENTES SILVIO ANDRES Y OTRO S/ SUMARISIMO
Viedma, noviembre de 2007.-
Atento lo peticionado, teniendo en cuenta lo que surge de las constancias de la causa y de conformidad con lo previsto en el art. 359 del C.Pr., declárase la cuestión de puro derecho y córrase nuevo traslado a las partes por su orden por el término de ley. Notifíquese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro