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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00275-030-07
Fecha: 2007-11-29
Carátula: OBREGON FABIO MIGUEL Y OTROS / PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ AMPARO
Descripción: a la revocatoria no ha lugar
Expediente Nro.00275-030-07
San Carlos de Bariloche, 29 de noviembre de 2007
No habiéndose incorporado en el recurso en vista nuevos argumentos que ameriten adoptar una solución diferente a la ya brindada en la resolución que antecede, a la revocatoria intentada, no ha lugar.
A todo evento la inauguración formal denunciada, tampoco resulta idónea para acarrear el perjuicio irrreparable invocado.
HORACIO CARLOS OSORIO EDGARDO JORGE CAMPERI
Juez Juez
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Poder Judicial de Río Negro