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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0693/2007
Fecha: 2007-11-29
Carátula: CARRIZO JORGE RAUL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: NULIDAD NOTIFICACIÓN MONITORIAS
EXPTE Nº 0693/2007
CARATULA: CARRIZO JORGE RAUL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Viedma, noviembre de 2.007.-
Agréguese la cédula recibida.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que conforme surge de la cédula que se agrega no han sido adjuntadas a la misma las copias pertinentes (conf. fs. 16 vta.) y toda vez que la resolución de fs. 12 debe notificarse con arreglo a las disposiciones del art. 490 del C.Pr., ello a los fines que la citada pueda ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro