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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38193
Fecha: 2007-11-29
Carátula: TARJETA NARANJA S.A. c/BARBOSA Pablo Ariel S/ Ejecutivo
Descripción: Intima Reconocimiento Firma
//neral Roca, 29 de noviembre de 2007.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Por recibido, intímese al demandado PABLO ARIEL BARBOSA para que dentro del QUINTO día de notificado comparezca a este Tribunal a reconocer la firma del documento base de la acción de acuerdo a lo prescripto por el art. 525 del CPC, bajo apercibimiento de dársele por reconocida en caso de incomparecencia. Notifíquese a cuyo efecto líbrense cédula.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto líbrese oficio a la empleadora (MDQ INTERNACIONAL S.A.) a fin de que haga efectivo el mismo sobre los sueldos del demandado PABLO ARIEL BARBOSA en el porcentaje de ley y hasta cubrir las sumas de $5.210,38 en concepto de capital con más la de $2.000.- que se presuuestan para costas. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos a la cuenta de autos del Banco Patagonia, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo y para su toma de razón líbrense oficios a las entidades bancarias solicitadas a fin de que hagan efectivo el mismo sobre los fondos depositados en caja de ahorro, cuenta corriente, cuenta de valores al cobro, Títulos, Plazo Fijo, y/o cualquier otro concepto, al momento de recepción del oficio o los que se depositen en el futuro, a nombre del demandado hasta cubrir la suma de $5.210,38 en concepto de capital con más la de $ 2.000.- que se presupuestan para costas. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos en la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
Hágase saber deberá abstenerse de realizar retenciones sobre los montos que resulten de acreditación de haberes, jubilaciones y/o pensiones del demandado.-
Oportunamente, notifíquese al demandado los embargos ordenados.-
Deposítese en caja fuerte la documental acompañada.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Nota: de haberse depositado documental de fs. 8/10. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro