include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37149
Fecha: 2007-11-29
Carátula: IUORNO Domingo Miguel C/ORELLANO de Mendoza Anselma S/ Prescripción Adquisitiva
Descripción: se clausura periodo probatorio.A Defensoria.-
//neral Roca, 29 de Noviembre de 2007.-
Certifique la Actuaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra.Juez:
CERTIFICO: Que el término de producción de prueba se encuentra vencido habiendose realizado la totalidad de la oportunamente ofrecida por la parte actora.-
SECRETARIA, 29 DE NOVIEMBRE DE 2007.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 29 de Noviembre de 2007.-
Atento la entrada en vigencia del nuevo código procesal, el presente trámite comenzará a regir por las normas del PROCESO ORDINARIO (ART. 319 del CPC).-
Modifíquese la carátula y el libro respectivo.-
Clausúrase el período probatorio.-NOTIFIQUESE
Pasen los presentes al Despacho de la Sra. Defensora de Ausentes Dra.SILFENI.-
FIRME LA PRESENTE, póngase los autos en Secrertaria para que las partes aleguen por su orden (art. 482 del CPC).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro