Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36182

N° Receptoría:

Fecha: 2007-11-29

Carátula: CREDIL S.R.L. C/GARCIA Gustavo S/ Ejecutivo

Descripción: REGULACION X ACRECIDOS.-

//neral Roca, 29 de Noviembre de 2007.-

Agréguese el informe de saldo adjuntado.-

Regulo los honorarios por acrecidos de la Dra.MARCELA ADRIANA SAITTA por la suma de $ $.100..(MB:$ 1436,32).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 y 40 Ley 2212 RN).-

Notifiquese y cúmplase con la Ley 869.-

Respecto de los honorarios por complementarios, comprendiendo suficientemente el importe de fs.17,éste concepto, a lo solicitado, no ha lugar.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro