Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32397III

N° Receptoría:

Fecha: 2007-11-29

Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/ESPINOZA CERDA Walter A. S/ Ejecutivo

Descripción: Embargo-Prestamo Dr. Bertolino

//neral Roca, 29 de noviembre de 2007.=

Líbrese oficio a la empleadora a fin de que trabe embargo sobre los haberes a percibir por el demandado en cualquier concepto -sueldo, horas extras, participaciones-, en el porcentaje que por ley corresponde, hasta cubrir las sumas de $ 3.260.- en concepto de capital con más la de $ 1.304.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.

Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.

Concédese el préstamo peticionado, por el término de dos días.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro