Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31234III

N° Receptoría:

Fecha: 2007-11-28

Carátula: ANTON Francisco c/BERTI vda. de Licciardi Hilda S/ Prescripción Adquisitiva

Descripción: se regula al tasador

General Roca, 28 de noviembre de 2007. -

No habiéndose discutido la procedencia ni entidad de las mejoras, sino la posesión del inmueble, cabe determinar como monto base la suma de $280.000 que surge de fs.365.- Encontrándose firme la tasación de fs.364/82, regulo los honorarios del perito tasador Francisco Castañeda en la suma de $ 3.000.- (art. 28 ley 2.051).-

Regulo los honorarios profesionales del Dr. Carlos Gaya en $ 3.000.- del Dr. Roberto Gustavo Joison en $ 25.200.- y de Ramón Marcos Contreras Colombo en $ 30.600.- (Arts. 6, 6 bis, 7 de la ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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