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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0248/2007
Fecha: 2007-11-27
Carátula: CERDEYRA JORGE EDUARDO C/ GARMAZ ANA MARIA S/ ORDINARIO
Descripción: PROVEE PRUEBA - FIJA AUDIENCIA ART. 368 DEL C.PR.
EXPTE. Nº 0248/2007
AUTOS: CERDEYRA JORGE EDUARDO C/ GARMAZ ANA MARIA S/ ORDINARIO
Viedma, noviembre de 2.007.-
Atento al estado de autos, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 127, dada la incomparecencia de la demandada y sin perjuicio del apercibimiento dispuesto en el art. 362 del C.Pr. dispónese la producción de la siguiente prueba ofrecida por la parte actora:
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INFORMATIVA: 1) Al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines que informe la titularidad registral del inmueble designado catastralmente como 18-1-B-464-05 desde el año 1998 a la fecha. 2) Al Banco Hipotecario Nacional para que de acuerdo a sus archivos y registros informe: pagos ingresados para la cancelación del crédito MN 1122-40-00015-00015 titularidad de Cerdeyra. Ofíciese.-
Alejandro J.E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro