Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 28925III

N° Receptoría:

Fecha: 2007-11-23

Carátula: DETLEFS y DE GREGORIO en:LARREBURU c/GEBEL s/Sum. S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: se ordena oficio de embargo.-

//neral Roca, 23 de Noviembre de 2007.-

Téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre el excedente de fondos en los autos caratulados: MONTES ROLERI MARIA CECILIA C/LARREBURO RUBEN RENE S/EJECUCION DE HONORARIOS Expte.No 163/Año 2006) a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio al Juzgado Civil No UNO-Secretaria UNICA con asiento en esta ciudad, haciendos efectiva la medida por la suma de $ 1.098,57 en concepto de capital con más 440 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-

Dr. RICHAR GALLEGO

JUEZ SUBROGANTE

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