Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0689/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-11-22

Carátula: INSTITUTO MODELO VIEDMA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO C/ FUNDACION PATAGONICA NORTE S/ INCIDENTE DE REPETICION

Descripción: acredita personería-devuelve escrito por extemporáneo

EXPTE. N° 0689/2007

CARATULA: INSTITUTO MODELO VIEDMA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO C/ FUNDACION PATAGONICA NORTE S/ INCIDENTE DE REPETICION

Viedma, noviembre de 2007.-

Agréguese la documental acompañada y atento los que surge de ella tiénese por acreditada la personería.-

Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que el escrito de fs. 47/50 ha sido presentado fuera de término ello por cuanto la acreditación de la personería que ahora se efectua deviene extemporánea dado que no se ha subsanado dicho defecto en el término previsto en el art. 120 del C.Pr. (conf. art. 118 del C.Pr.), amén de señalar que el plazo por el cual fuera conferido el traslado se encuentra vencido en exceso, en consecuencia desglósese el escrito y documentación de fs. 32/50 y devuélvase a su presentante.-

Al pedido de certificación de la documental acompañada no ha lugar por cuanto la misma no resultan ser originales sino actuaciones certificadas por escribano público (fs. 58/65), en su caso y previo sellado de ley podrán certifícarse las agregadas a fs. 66/80.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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