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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0709/2006
Fecha: 2007-11-20
Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ CLINICA SAN AGUSTIN S.R.L. S/ APREMIO
Descripción: acredite personería clínica - levanta embargos
EXPTE. Nº 0709/2006
CARATULA: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ CLINICA SAN AGUSTIN S.R.L. S/ APREMIO
Viedma, noviembre de 2007.-
Proveyendo a fs. 63:
Por presentados y domiciliados.-
Previo a todo deberán acreditar la personería invocada con la documentación correspondiente.-
Al escrito de fs. 64:
Atento las razones expuestas y previa conformidad de la Caja Forense, decrétase el levantamiento del embargo ordenado a fs. 24, a cuyo fin líbrense los oficios a las entidades crediticias pertinentes.-
Proveyendo a fs. 65:
Agréguese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro