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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35850
Fecha: 2005-08-26
Carátula: Municip. Villa REGINA C/ROTH Hugo S. y Otra S/ Ejecutivo
Descripción: proveido.Mand.Constatacion.-
El 26/08/05 mandamiento de constatacion.-
//neral Roca, 26 de Agosto de 2005.-
Proveyendo el escrito de fs. 60:Al punto I y II, en atención a lo manifestado y las constancias de los mandamiento de intimacion de pago y embargo agregados a fs. 30/32, déjase sin efecto la notificación ordenada a los ejecutados a fs. 59 teniéndose a los mismos por notificados del embargo trabado en autos.-
Al punto III, téngase presente y en virtud a lo dispuesto por el art. 566 del CPC, OMITASE de los edictos a publicarse el nombre de los demandados.-
Hágase saber al martillero Sr.Horacio José Prossetto.- Notifiquese personalmente ó por cédula.-
Proveyendo el escrito de fs.61, téngase presente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro