Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 20425/05

N° Receptoría:

Fecha: 2005-08-25

Carátula: CARREIRA NETO ALICIA Y OTROS S/ ACCION DE AMPARO

Descripción: Prov-Amparo

Expte. N°20425/05-STJ-

///MA, 24 de agosto de 2005.-

------Conforme el art.43 de la C.P., requiérase a la Junta Electoral y a la Junta Ejecutiva del Colegio de Abogados de General Roca un amplio informe sobre la cuestión planteada por los amparistas, el que deberá ser respondido en el plazo perentorio de cinco (5) días, asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza el instituto (C.S.J.N.,B.2571 XXXVIII del 5-12-04).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Notifíquese por cédula, con entrega de copias de la demanda.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----A lo demás, oportunamente.- - - - - - - - - - - - - - - - --

FDO.ALBERTO I.BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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Poder Judicial de Río Negro