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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36721
Fecha: 2007-11-14
Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS C/RUZZON Antonio S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena embargo.-
//neral Roca, 14 de Noviembre de 2007.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios a las instituciones bancarias indicadas todas sucursal General Roca, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 1.050 en concepto de capital (ejecución de honorarios Dra. Josefina Crevario) con más la de $ 400 calculados para intereses y costas, debiendose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldo.-
Hago saber al presentante que de hacerse efectivo el embargo ordenado en algunas de las instituciones bancarias deberá abstenerse de presentar los oficios ordenados en las restantes.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al demandado Sr. Antonio Ruzzon el embargo ordenado precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro