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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0417/2007
Fecha: 2007-11-12
Carátula: ÑANCUCHE VILMA ELENA Y OTROS C/ PONTARI MIGUEL ANGEL Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS S/ OFICIO
Descripción: HONORARIOS ABOG. DIL. DE OF. - PERICIA MECANICA
EXPTE. N° 0417/2007
CARATULA: ÑANCUCHE VILMA ELENA Y OTROS C/ PONTARI MIGUEL ANGEL Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS S/ OFICIO
Viedma, noviembre de 2007.-
Atento el estado de autos, constancias de la causa y las tareas realizadas, regúlanse los honorarios del perito médico psiquiátrico, Guillermo Gustavo Cabella en la suma de $ 1.500. Notifíquese.-
Asimismo, regúlense los honorarios profesionales del Dr. Hernán A. Linares, en la suma de $ 500 (10 jus) (arts. 8 y cc ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
A lo demás, oportunamente.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro