Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34483III

N° Receptoría:

Fecha: 2005-05-18

Carátula: VARELA Carlos Alberto c/RENNA Sonia B. S/ Sumario (Antes c/Fernández)

Descripción: audiencia

En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro siendo las 8,46 hs. del día 18 de mayo de 2005, comparecen ante mi Secretaria Autorizante el Dr. Gabriel Seguino en el caracter de patrocinante de la demandada, y una persona citada como testigo, quien dijo ser y llamarse, Maria Belen Toscan D.N.I. Nª 31.532.993, dejandose constancia de la comparecencia de los nombrados y de la incomparecencia de la parte actora y la inexistencia de pliego para interrogar a la testigo.- En este estado el Dr. Seguino solicita la caducidad de la prueba testimonial de la actora en merito a lo dispuesto por el art. 432 del C.P.C.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.-

General Roca, 18 de mayo de 2005.-

Atento las constancias de autos, lo peticionado por el demandado y lo dispuesto por el art. 432 del C.P.C., declarase la caducidad de la prueba testimonial de los Sres. Toscan. Garcia y Uriz.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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