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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0461/99/5
Fecha: 2007-11-08
Carátula: AGUIRRE ANGEL JOSE C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ SUMARIO
Descripción: CEDULA DE SENTENCIA
C E D U L A
Señor: Angel José Aguirre - Dr. Roberto Oscar Gaviña
Domicilio: Alvaro Barros 622 (const.)
Ciudad: Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "AGUIRRE ANGEL JOSE C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ SUMARIO", Expte. Nº 0461/99/5, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, marzo 09 de 2.006.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I. Hacer lugar a la petición de fs. 188 y declarar la caducidad de instancia del presente proceso. II.- Imponer las costas a la parte actora (art. 73 último párrafo del C.Pr.), regulando los honorarios profesionales del Dr. Luis Fernando Sabbatella en la suma de $ 6.145 (11 % + 40 % de 1/2) y los del Dr. Roberto Oscar Gaviña en la suma de $ 2.793 (7 % de 1/2); M.B: $ 79.800 (arts. 6, 7, 9, 20 y 38 ley 2.212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869. III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, noviembre de 2.007.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro